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Tipo del cargo
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Policía |
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Jerarquía |
Arriba del mayor de vara; debajo del síndico municipal propietario. miembro del cabildo (sin voto). |
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Requisitos |
Haber sido topil y mayor de vara; mostrar valentía y tener fortaleza física para detener delincuentes (solamente lo puede suplir un familiar cercano, el padre o un hermano); y ser elegido por el cabildo o por los mayores tenientes que terminan su cargo. |
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Funciones |
Coordinarse con el mayor de vara y los topiles; vigilar el orden de la comunidad; vigilar el palacio municipal; en ocasiones cumple las tareas del mayor de vara; su tarea principal es la captura de infractores o delincuentes, por órdenes del síndico. |
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Duración |
1 año. |
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Horario |
De 6 a 9 en las mañanas y, en las tardes de 6 a 9. |
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Descanso |
No hay. |
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Número de personas en el cargo |
4 |
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Contribuye con tequio |
Sí. |
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Contribuye con cuotas comunitarias |
Sí. |
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Sanciones por mal funcionamiento |
Regaño por parte del síndico y cárcel en caso de que incurra más de dos veces en la misma falta. |
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Sanciones por no aceptar el cargo |
Cárcel o multa. |