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Tipo del cargo
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Judicial, religioso y político |
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Jerarquía |
Debajo del alcalde municipal propietario. |
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Requisitos |
Haber cumplido con los cargos de topil, mayor, regidor, suplente de algún cargo, miembro de la asociación de padres de familia de la escuela primaria, tesorero, miembro del comisariado de bienes comunales y presidente municipal. puede exentar algunos cargos menores pero es indispensable que haya sido presidente municipal. ser elegido por la asamblea. |
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Funciones |
En caso de que se ausente el alcalde municipal propietario el suplente entra en funciones cubriendo las actividades propias del cargo: de justicia con la sindicatura y con el juez mixto de paz aunque, eventualmente, el propio alcalde hace justicias; de desarrollo con las regidurías; en la organización de las fiestas con las comisiones; en los problemas de educación con los comités; en los asuntos religiosos con el fiscal de la iglesia; y en apoyo a la gestoría y a la coordinación de todos los trabajos para el pueblo se coordina con el presidente municipal. el alcalde suplente debe vivir permanentemente en el pueblo. |
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Duración |
1 año. |
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Horario |
Tiempo completo (9:00 a 23:00 horas). |
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Descanso |
No hay. |
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Número de personas en el cargo |
1 |
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Contribuye con tequio |
No. |
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Contribuye con cuotas comunitarias |
No. |
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Sanciones por mal funcionamiento |
Dependiendo de la gravedad, multa o cárcel. |
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Sanciones por no aceptar el cargo |
No se ha presentado el caso, pero si se presentara la asamblea lo determina. |