Catálogo de Competencias y Normas en los Sistemas de Cargos Ayuuk. Haz clic para regresar a la página de inicio
 

Indicadores de las fichas de cargos

Nombre del cargo
Con este dato inicia la ficha de cada cargo, para su mejor identificación. Se registró el nombre del cargo tal y como lo denominan en español en cada municipio, respetando así las formas y variantes locales. A veces, por cierto, las diferencias pueden no ser muy notorias, pero no por ello menos importantes, como en las formas de nombrar los cargos del ayuntamiento, ya que en éstos es donde aparece la mayor variación entre unos y otros, por ejemplo, con el nombre del presidente municipal que también puede ser nombrado en otros pueblos como presidente municipal constitucional, o presidente municipal propietario. En otras ocasiones, los nombres de los cargos pueden sugerirnos que hubo algún error en el registro, como es el caso del nombre del cargo alcolito, del cual pudiera sospecharse que su denominación correcta es acólito, pero no hay nada más exacto que el uso del término alcolito en esos pueblos para referirse a ese cargo religioso de nivel inferior.

Tipo de cargo
Bajo este rubro están clasificados todos los cargos de acuerdo con su competencia jurídica. Debido a que este ordenamiento es tan sólo una construcción teórica con la cual pretendo observar los datos para su mejor manejo comparativo con un esquema de clasificación más o menos compatible con la ley nacional, no espere el lector que los cargos se encuentren organizados de esta manera en la realidad empírica. Por el contrario, ha sido muy difícil obtener una agrupación compatible con ambos órdenes legales -el indio y el nacional-, ya que el gobierno indio no tiene separadas tan claramente algunas áreas de competencia jurídica, especialmente entre las político administrativas, religiosas y de justicia. Por otra parte, gracias a que el gobierno mixe atiende todos los aspectos de la vida de los ciudadanos y de sus familias requiere contar con funcionarios que conozcan fundamentalmente su cultura, los rituales, las creencias, y las funciones técnicas y operativas de su cargo. Por todas estas razones encontramos cargos con funciones que abarcan dos o tres áreas de competencia jurídica, excepto en los cargos agrarios.

Jerarquía
En este campo se indica la posición que ocupa el cargo en el sistema ubicando su dependencia con el inmediato superior. Aunque este solo dato no permite reconstruir toda la estructura del sistema, ya que además son necesarias las correlaciones o compatibilidades entre un área de competencia y otra para establecer con precisión el sitio de cada cargo en la estructura, es, sin embargo, el punto de partida para su elaboración. Gracias a las entrevistas de campo fue posible completar esta tarea y proponer así los organigramas de las estructuras de cargos que aparecen en esta obra, aunque aquí no incluyo todos los datos que lo permitieron por tratarse de un catálogo de información básica.

Requisitos
En este campo se describe el conjunto de requerimientos que debe cumplir el ciudadano para que pueda ser elegido y nombrado en el cargo. Si bien todos los ciudadanos están obligados a participar como cargueros a lo largo de su vida -en algunos casos sólo hasta los sesenta años-, ello no significa que por ser cargos obligatorios y no remunerados cualquiera pueda ocupar indistintamente un cargo. En los sistemas de cargos mixes es muy importante conocer las características personales de los ciudadanos para saber en qué sitio de la estructura pueden funcionar mejor, además de estar obligados a cumplir de manera escalafonaria en ella. También es importante identificar quién elige y nombra al carguero pues ello contribuye a identificar la jerarquía del cargo, en la media en que la decisión de quién ocupa los cargos más importantes viene del nivel más importante de la jerarquía que, para el caso de los pueblos mixes es, invariablemente, la asamblea general comunitaria.

Funciones
Se detallan las actividades que debe realizar el carguero, desde las más importantes hasta las simples o pequeñas. La descripción de las funciones permitió definir el tipo de cargo y, en consecuencia, el área (o las áreas) de competencia jurídica a la que corresponde.

Duración
Se indica aquí el tiempo total al que está sujeto de manera legal el carguero para cumplir con el mandato que se le ha conferido. Aunque en los catorce sistemas investigados existen únicamente dos modalidades -es decir, cargos que se cumplen sólo por un año y cargos que se cumplen sólo por tres-, fue necesario abrir este campo de información porque también es variable en cada municipio. En la mayoría de los pueblos los cargos se cumplen por un año, pero existen excepciones donde se cumplen por tres. Además, tratándose de algunos cargos, sobre todo los relacionados con el apoyo a los festejos, encontramos que aún cuando los cargueros fueron nombrados para funcionar durante el ejercicio administrativo del ayuntamiento su duración se restringe muchas veces a cuestión de días, principalmente porque se espera de ellos más bien una aportación económica. Finalmente es importante destacar que los únicos cargos en los que todos los sistemas mixes coinciden en su duración son los agrarios, los cuales constan invariablemente de tres años.

Horario
Se incluye este campo para informar sobre los horarios de trabajo porque no todos los cargueros están obligados a laborar la misma cantidad de horas, y la diferencia que hay entre uno y otro refleja la importancia que tiene el cargo en el sistema. Dicha relevancia no conduce necesariamente a definir el rango del cargo sino su necesaria permanencia en el sistema. Es el caso, por ejemplo, que se da entre los cargos de la cúpula y los topiles, donde aun cuando ambos están en los extremos de la jerarquía (arriba y abajo) trabajan la mayor cantidad de horas de todos los cargueros; son, pues, en este sentido, los cargos indispensables del sistema.

Descanso
En el mismo sentido que el dato anterior sobre el horario del cargo, se reúne en el catálogo la información acerca de las horas o tiempos de descanso. Este dato es revelador sobre todo para la organización del trabajo de los topiles, pues en todos los sistemas de cargos mixes los topiles trabajan una semana de tiempo completo (incluso duermen en el edificio municipal), pero los tiempos de descanso varían de un pueblo a otro. En algunos es de una semana de descanso y una de trabajo, en otros es de dos semanas de descanso por una de trabajo. Además, es notorio que en aquellos sistemas en donde los topiles tienen más tiempo de descanso existe el mayor número de ciudadanos participando en todo el sistema. Lo anterior se puede observar también en el resumen elaborado por municipio con el título Número de personas cumpliendo anualmente cargos y servicios.

Número de personas en el cargo
Se contabilizó el número de personas que cumplen simultáneamente el cargo en el periodo de la administración del ayuntamiento, a fin de contar con una cuantificación puntual de su intervención en el sistema de cargos. El dato es considerablemente revelador pues, además de mostrar el alto grado de participación ciudadana descubre que ciertos cargos, como los de policía, permiten dar cauce a la presión demográfica porque en ellos pueden ser nombrados hasta 100 topiles por semana. Desde mi punto de vista, éste es quizás uno de los campos más notables del presente catálogo porque pocas veces se ha cuantificado la contribución de los pueblos en sus gobiernos, con lo que se ha desconocido con exactitud el tamaño de la aportación y del poder que tienen los pueblos indios en su propio gobierno, configurado a partir del sistema de cargos.

Contribuye con tequio
Este campo se refiere a la respuesta que las autoridades dieron a la pregunta ¿además de estar cumpliendo sus obligaciones en el cargo, el funcionario está obligado a participar en el tequio ese año? De esta pregunta también obtuvimos respuestas muy diferentes en cada pueblo, aunque en la mayoría contestaron que mientras estuvieran cumpliendo cargo no estaban obligados a trabajar en el tequio.

Contribuye con cuotas comunitarias
En el mismo sentido que el campo anterior, se preguntó también si deberían pagar cuotas ese año, adicionalmente al cumplimiento de sus jornadas de trabajo en el cargo, y la respuesta también fue variable.

Sanciones por mal funcionamiento
Se enuncian las sanciones que recibe el carguero cuando funciona mal en sus tareas. Aquí, es necesario aclarar que el concepto de “mal funcionamiento” casi siempre se refiere a cuando el carguero falta a trabajar, se emborracha, es grosero, o no tiene interés en hacer bien sus actividades, pero en ningún momento se trata de que haga mal las cosas porque no las sepa hacer, ya que invariablemente en todos los pueblos nos explicaron que ningún carguero sabe hacer bien las cosas, sino que todos aprenden a hacerlas trabajando en ellas, y en esa forma se le juzga su trabajo.

Sanciones por no aceptar el cargo
Aunque no es muy frecuente encontrar que un ciudadano ha sido sancionado por no aceptar el cargo, existen sanciones para ello previstas en la costumbre. La mayoría de las veces son los jóvenes, que están empezando o van a empezar a cumplir su cargo en el sistema, los que se niegan a hacerlo. Normalmente las autoridades buscan primero convencer al ciudadano de cumplir con sus responsabilidades antes que sancionar. Pero también, con frecuencia, se resuelve este asunto negociando con el carguero, casi siempre haciéndole pagar algún premio para las fiestas.

 
"" "" "" ""
""
botón agradecimientos botón referencias botón presentación botón créditos
"" Universidad Nacional Autónoma de México Instituto de Investigaciones Antropológicas
Antropóloga María Teresa Valdivia Dounce / teresavd@yahoo.com